En casos donde el liquidador incumpla con sus obligaciones de información sobre la liquidación, como la formulación de balances e inventarios, se establece que le corresponde a él demostrar que una liquidación ordenada no hubiera permitido al acreedor cobrar su crédito.

Nota Informativa 14-22

(Audiencia Provincial de Albacete, 4 de junio de 2021)

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